Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días continuos laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
Dicho periodo, en acuerdo con la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.
A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios
Por lo cual, conforme a la antigüedad del trabajador, quedan de la siguiente manera:
De tal manera, que si un trabajador cumple 4 años de prestación de servicios en 2023, le corresponden 18 días de vacaciones.