Actualización Ley de impuesto sobre nómina.
AUMENTÓ la tasa del IMPUESTO SOBRE NÓMINAS a un 4%, del total de las erogaciones efectuadas en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal, independientemente de la designación que se les dé, prestado dentro del territorio del Estado, bajo la dirección y/o dependencia de un patrón, contratista, intermediario, terceros o cualquiera que sea su denominación.
Así también, incluye el pago honorarios asimilables a salarios, comisiones a trabajadores, premios, gratificaciones, rendimientos, primas vacacionales, dominicales, por antigüedad, así como cualquier otra erogación que en razón de su trabajo o por la relación laboral reciba el trabajador. Son también objeto de este impuesto, las erogaciones por pagos realizados a los socios o accionistas, administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos y de vigilancia en toda clase de sociedades y asociaciones.